Ir al contenido principal

Impacto Histórico de los Reyes Católicos en la Formación de la Línea de la Concepción

 

Impacto Histórico de los Reyes Católicos en la Formación de la Línea de la Concepción




Resulta llamativo cómo la percepción de una ciudad, antes considerada joven y por ende sin historia, ha ido transformándose. Lo que muchos repetían sin cuestionar ahora ha cedido paso al reconocimiento de un lugar con una rica y profunda historia. 

Es conocido que el estratégico y codiciado enclave de Gibraltar, situado en el umbral entre Europa y África, siempre ha sido vulnerable a las incursiones de corsarios moriscos. Reconociendo la necesidad crítica de fortalecer este punto de frontera, los Reyes Católicos, Isabel y Fernando, tomaron la decisión de aumentar sustancialmente la población de la zona. El objetivo era claro: una población más grande y robusta mejoraría la defensa del territorio y garantizaría la seguridad de sus confines meridionales.

Con este propósito en mente, en 1502, ordenaron a Fernando de Zafra realizar un estudio detallado de las tierras de Gibraltar, que el Duque de Medina Sidonia había fracasado en repoblar eficazmente. El anterior intento había sido insuficiente, con muchos de los labradores y ganaderos asignados no tomando posesión o abandonando las tierras. Este nuevo esfuerzo debía no solo corregir estos fallos sino asegurar un establecimiento permanente y funcional que contribuyera a la fortificación de la zona.

Zafra, al ejecutar la orden real, realizó un análisis minucioso de las tierras durante la primavera de 1502. Envió a los reyes un informe exhaustivo, destacando la capacidad productiva de las tierras y proponiendo un reparto equitativo y estratégico entre nuevos pobladores. Este plan incluía la introducción de 500 nuevos vecinos a la comunidad de Gibraltar, de los cuales 150 serían caballeros y 350 labradores, ganaderos y hombres de mar, un diseño demográfico pensado para reforzar tanto la economía local como su capacidad militar.

El reparto propuesto por Zafra fue meticuloso: especificó el tamaño de las parcelas de tierra que cada nuevo colono recibiría, asegurando que los artesanos y mercaderes tuvieran espacio suficiente para viviendas y pequeños huertos o viñedos. Además, estableció condiciones estrictas para garantizar la permanencia de estos colonos: debían residir en Gibraltar por un mínimo de diez años y les prohibía vender las tierras durante los primeros veinte años de ocupación.

En noviembre de 1502, el alcaide de Gibraltar, Diego López de Haro, fue nombrado encargado de llevar a cabo este repartimiento. A pesar de algunos contratiempos iniciales que retrasaron el cumplimiento del calendario original, la real cédula de mayo de 1503 extendió su mandato, permitiendo que el proyecto llegara a buen término.

El resultado fue notable: la población de Gibraltar creció significativamente, pasando de 320 vecinos en 1500 a 700 en 1510, y alcanzando los 1450 para el año 1528. Esta nueva demografía no solo transformó la estructura social y económica de Gibraltar sino que, crucialmente, reforzó su capacidad defensiva frente a las amenazas externas, cumpliendo con éxito la visión estratégica de los Reyes Católicos.

La estrategia de repoblación y fortificación emprendida por los Reyes Católicos en el siglo XVI sentó las bases para una compleja trama de derechos de propiedad y obligaciones administrativas que perduraron a lo largo de los siglos. Las decisiones tomadas durante ese periodo inicial no solo transformaron la composición demográfica y económica de Gibraltar y sus alrededores, sino que también establecieron un marco legal que continuó influenciando la gestión y el desarrollo de la región. A medida que pasaron los siglos, los títulos de propiedad y los derechos de uso de la tierra otorgados o reconocidos por la Corona se convirtieron en elementos centrales en los litigios y en la planificación urbana. Esto se refleja claramente en los debates del siglo XIX, donde las comunidades locales, las autoridades militares y el gobierno central a menudo chocaban en torno a la interpretación y aplicación de esos derechos antiguos. Por ejemplo, las disputas legales y administrativas en 1870 en La Línea y sus alrededores evidencian cómo las políticas establecidas siglos antes seguían influyendo en las decisiones sobre el desarrollo urbano y la autonomía municipal. Este contexto histórico es fundamental para entender por qué los argumentos sobre la propiedad de los terrenos y las restricciones a la construcción seguían siendo puntos de fricción tan significativos.

Relacionado con ello, a primeros del mes de febrero de 1870, con ocasión de un expediente de propiedad dictamina la Diputación sobre la Dehesa de Murta, perteneciente al término municipal de la villa de Los Barrios.

En el mismo año, el día dos de noviembre, se dio cuenta de un oficio del Alcalde La Línea remitiendo la exposición que aquel Ayuntamiento eleva al Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación solicitando se le entregue definitivamente los arenales baldíos que forman el pueblo. Se recibe una respuesta que causa asombro. Dice el texto: “En su vista considerando que el Ayuntamiento y el negociado están en un lamentable error al creer que pertenecen al Estado terrenos de su término municipal cuando todos los del Campo de Gibraltar pertenecen al común de vecinos, Se acordó que en el caso de que la Hacienda se haya incautado de algunos, la exposición que eleve aquella Municipalidad deberá apoyarse en las consideraciones expuestas por esta Corporación al Sr. Comandante General del campo en expediente a instancia de D. Manuel Gómez, con cuyo objeto se remitirán al Alcalde 1º copia del dictamen de la Comisión aprobado en sesión 21 de febrero de este año.

Efectivamente, veinte días después de la citada respuesta de la Dehesa de Murta, el 21 de Febrero de 1870, en el expediente sobre reedificación de una casa situada en la Línea, de la propiedad de D. Manuel Gómez vecino y del comercio de Gibraltar la Comisión presentó el Siguiente dictamen:

Excmo. Sr. La Comisión tiene el sentimiento de observar en este expediente lo mismo que ocurre por regla general en aquellos casos que el ramo militar ha intervenido o puede quedarle un asomo de intervención.

La zona militar, so solo en cuento toca el arca sobre que está edificada la población sino también sus cercanías, no constituye propiedad del Estado, y por consiguiente este nada tiene que ver con ella, ni por Guerra ni por Hacienda.= Los terrenos, bosques, ríos, sierras y todo cuanto se hallaba a principios del siglo XVI bajo los límites reconocidos del antiguo término de la ciudad de Gibraltar se cedieron por real célula de los Reyes Católicos, a título de servicios prestados y sacrificios hechos en las guerras contra los Moros al común de moradores de aquella ciudad, representados hoy por los vecinos de las tres poblaciones del Campo, en cuyo goces han venido y están tranquilamente. Este es el derecho antiguo, preexistente, claro, indisputable; y se bien es cierto que la perdida de la plaza de Gibraltar exigió una línea de fortificaciones que desgraciadamente destruyeron los ingleses, cual puede verse en los vestigios de San Felipe y Santa Barbara, y entonces se levantaron cual siempre sucede sobre el terreno más adecuado sea de la pertenencia que fuese, esta circunstancia no es una razón y mucho menos un derecho que el Estado pueda ostentar sobre la superficie en que la línea está edificada, ni el hecho de que el mismo militar tenga o haya tenido cierta atribuciones respecto de las zonas militares constituye propiedad para el Gobierno.

Si alguna duda quedara la desvanecería el luminoso dictamen que sobre este mismo punto acaba de evacuar el Consejo de Estado en pleno, siendo de las razones en que lo apoya la de que la propiedad de la Línea ha logrado por las disposiciones hoy vigentes la condición de estabilidad, por cierto que el Gobierno de S.A. el Regente, fundado en esta y otras consideraciones ha declarado la emancipación de ese pueblo que antes fue tenido como punto exclusivamente militar; mandando que V.E. provea lo conveniente a dotarle de funcionarios y Corporaciones del Orden Civil y administrativo como a todos los pueblos del Reino. Y sería extraño, sería hasta ridículo, que allí donde se reconoce una población y se la concede todas las condiciones de autonomía municipal con arreglo a las leyes pudiera inmiscuirse la autoridad militar, no precisamente para intervenir más o menos en las previsiones para tiempo de guerra, sino para poner trabas a las autoridades civiles para impedir la edificación y reedificación, para contener el crecimiento de un pueblo que merece protección de partes de todos, para que prospere y progrese sin otro título que el papel oficioso que mirar por los intereses de la Hacienda Civil, como si esta careciese de demasiado celoso defensores.

El Comandante General del Campo, sin necesidad de la declaración del Consejo y de la resolución del Gobierno Supremo, no está llamado a poner trabas ni obstáculos a las construcciones civiles desde que fue derogada la real orden de 24 de julio de 1862 y demás disposiciones que prohibían la edificación y reparación de edificios en la Línea y Campamento, siempre que sea detrás del cuartel de Infantería existente en el 1º de estos puntos. Así lo dispuso la orden del Regente del Reino de 14 de julio 1869 y desde entonces los funcionarios del orden militar solo pueden impedir construcciones delante de dicho cuartel y nada más.

Por las razones expuestas y por que dado el remoto caso de que alguna vez se declarasen del Estado los terrenos de la Línea que son de la exclusiva propiedad del pueblo, bajo cuya jurisdicción civil se encuentran conforme a sus legítimos títulos emanados de la Real Célula de 9 de julio de 1502, El Estado se entendería con las autoridades competentes y las fincas edificadas sufrirían el canon censo o gravamen correspondiente correspondiente, la Comisión opina se dirija atento oficio al Excmo. Sr. Comandante general del Campo para que se expedita la autoridad del Ayuntamiento y en su caso de V.E. para entender en lo relativo a edificaciones y reedificaciones en la Línea, sin otras trabas que impedir delante del cuartel de Infantería, por cuyo medio se evitarán los perjuicios que se están causando y obrará cada cual en el círculo de sus atribuciones con arreglo a la legislación vigente.


Cádiz 20 de febrero de 1870 González de la Vega

Dictamen aprobado y remitido con urgencia al Excmo. Sr. Comandante General del Campo.

La primera parte de este artículo se inspira en el trabajo del Doctor Antonio Torremocha, cuyas investigaciones han proporcionado valiosas perspectivas sobre la historia y desarrollo de la comarca. Como se advierte, el resto de la información ha sido extraída del Archivo de la Diputación Provincial de Cádiz. 


Comentarios

  1. Muy interesante. Aprendemos mucho de nuestra historia con tus investigaciones.

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Entradas populares de este blog

Más que pasteles: La historia de un lugar en el corazón de un pueblo

  Más que pasteles: La historia de un lugar en el corazón de un pueblo Deseo hablar de un gran negocio, de unos grandes profesionales, con una historia y trayectoria impecable. Han sido entrevistados innumerables veces y premiados otras tantas, son de fama reconocida y visitados desde toda la comarca. Sin embargo, continúo sintiendo la inquietud por contar, pero desconozco el qué. Dudo, como el niño que se aproxima a la vitrina y tiene que elegir uno de los dulces... Se siente observado por los adultos, y algo parecido experimento yo: un jubilado con su blog, una cámara de fotos al hombro, como si se tratara de un juego, un extraño entorpeciendo el desarrollo de un negocio. Pero observo. Observo a los clientes que esperan con paciencia en la fila, algunos charlan, otros miran con expectación las bandejas repletas de dulces. Es un ir y venir constante. Al principio, solo dos dependientes atienden con profesionalidad y calma. De pronto, son cinco. La cola se disuelve como por arte...

Balona: crónica de una tristeza anunciada

  Balona: crónica de una tristeza anunciada Gradas Estadio Municipal de La Línea Reconozco que el fútbol no me interesa más que en su aspecto histórico, algo de su aspecto deportivo y mucho de su influencia social. Por eso, quizá este escrito solo interesará a los menos. A aquellos que saben ver en un equipo de fútbol algo más que resultados. Y que saben también que perder partidos no siempre es lo más doloroso. A veces, lo que realmente duele es ver cómo se apaga el vínculo entre un club y su gente. En estos días, y especialmente después de la derrota en casa frente al Jerez, he conversado con personas que entienden de fútbol. Gente que ha seguido durante años a la Real Balompédica Linense, que ha vivido alegrías y frustraciones, y que ahora —dolorosamente— baja los brazos. Lo que me cuentan es desolador: que los jugadores, salvo un par de excepciones, no tienen el nivel; que han pasado tres entrenadores, lo que ya no permite culpar solo al banquillo; que el juego es tan pobre q...

Historia y vida en la Barriada Príncipe Alfonso: Capítulo 3. La Enseñanza

  Historia y vida en la Barriada Príncipe Alfonso Capítulo 3. La Enseñanza Amigos de clase con doña Josefina y don Juan José Hablar de la enseñanza en la Barriada del Príncipe es recorrer una parte entrañable de su historia, donde se entrecruzan los esfuerzos municipales, el impulso vecinal y la esperanza de tantas familias que buscaban un futuro mejor para sus hijos. Aunque no disponemos de un censo exacto de aquellos primeros años, sabemos —por noticias como la del fallecimiento del pastor Marqués en 1913 y la reacción de la "populosa barriada"— que ya habitaba allí un número considerable de personas. En aquel tiempo, sin agua corriente, sin calles pavimentadas, apenas con los servicios básicos, pensar en una escuela parecía una utopía. Sin embargo, ya en 1926 aparece la primera señal concreta: el Ayuntamiento acuerda encargar planos y presupuestos para construir dos locales, destinados a escuela y vivienda para los maestros. Ese mismo año, se coloca la primera piedra de u...